Ni antes ni después del verano, la baliza V16 de la DGT, cada vez más cerca de ser obligatoria

Ni antes ni después del verano, la baliza V16 de la DGT, cada vez más cerca de ser obligatoria

Con el propósito de avanzar en el ámbito de la seguridad vial y la reducción de accidentes nació el dispositivo V16, que está llamado a reemplazar a los tradicionales triángulos de preseñalización de peligro. Se trata de una pequeña baliza de color amarillo que está dotada de conectividad y es capaz de emitir una luz 360º de alta intensidad de forma intermitente y continua al menos durante 30 minutos. Incorpora una pila o batería con una vida útil de un mínimo de 18 meses, al margen de si es o no recargable.

Hay que llevarla en la guantera del vehículo y, en caso de avería o accidente, se podrá activar en cuestión de segundos, colocándola preferiblemente en el techo del vehículo. 

En ese momento, además de emitir la señal luminosa de advertencia, se conectará a la plataforma DGT 3.0 para transmitir su ubicación en tiempo real y avisar a otros usuarios de la vía de la situación.

El dispositivo integrará en el interior de su carcasa todos los elementos necesarios para su funcionamiento, incluidos los de comunicaciones, sin que tengas que recurrir a elementos externos como aplicaciones de teléfonos móviles u otros similares. En lo que respecta a la duración del servicio, la legislación marca una disponibilidad de conectividad mínima de 12 años, cuyo coste ya está contemplado en el precio de venta del V16, por lo que no hay que pagar ningún tipo de cuota adicional. Eso sí, es importante observar la fecha de caducidad, que encontrarás impresa tanto en el envase como en el propio dispositivo.

Únicamente las marcas y modelos certificados son los que han superado el proceso de certificación en los laboratorios designados y, por lo tanto, cumplen con lo dispuesto en el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre. Los dispositivos de preseñalización de peligro V16 estarán destinados exclusivamente a la visibilización del vehículo accidentado y la remisión de su ubicación a la Dirección General de Tráfico, de modo que no podrán incorporar funcionalidades adicionales. No serán obligatorios hasta el 1 de enero de 2026

Características

Las principales características técnicas que deberá tener el dispositivo lumínico según lo dispuesto en la normativa son las siguientes:

Irradiación: el sistema óptico estará diseñado de forma que la luz cubra un campo de visibilidad horizontal de 360 grados y en vertical un mínimo de ± 8 grados hacia arriba y hacia abajo.

  • Intensidad luminosa: la intensidad debe ser en el grado 0, entre 40 y 700 candelas efectivas, y en los grados ±8, entre 25 y 600 candelas efectivas. En ambos casos, dicha intensidad se mantendrá durante al menos 30 minutos. El tiempo de encendido, “ON time” según se define en el Reglamento de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE/ONU) 65, será como máximo 0,4/frecuencia de destello.
  • El tiempo de apagado, “OFF time” según se define en el Reglamento CEPE/ ONU 65, será como mínimo de 0,1 segundos. El tiempo entre destellos inmediatamente consecutivos (Δe) para señales luminosas consistentes en grupos de varios destellos será el definido en el anexo 5 del Reglamento ECE 65.
  • Grado de protección IP: al menos será IP54.
  • Estabilidad: el equipo estará diseñado para quedar estable sobre una superficie plana, no desplazándose frente a una corriente de aire que ejerza una presión dinámica de 180 Pa, en la dirección más desfavorable para su estabilidad.
  • Frecuencia de destello: entre 0,8 y 2 Hz.
  • Se garantizará el funcionamiento de la luz a temperaturas de −10 ºC y 50 ºC.
  • Realización de los ensayos: la comprobación de cumplimiento de las características definidas en los párrafos a) hasta f) anteriores se realizará en un laboratorio acreditado de acuerdo a la norma UNE EN-ISO 17025 por la Entidad Nacional de otro Estado miembro de acuerdo al Reglamento CE n.º 765/2008 y en las condiciones
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